- gilberto5800
En Chile, deudores alimentarios no pueden hacer transacciones inmobiliarias
Una nueva disposición legal en Chile comienza a generar suspicacias y reacciones, pues los deudores de pensiones de alimentos han quedado imposibilitados para comprar o vender bienes inmuebles.
La normativa en cuestión entró en vigor el año pasado pero está teniendo ya sus primeros efectos en el primer trimestre de 2023.
En efecto, el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos de Chile registró al cierre de 2022, 4 mil inscripciones solicitadas por tribunales y más de 2 millones de consultas y certificados emitidos. Y la cifra va en aumento.
En Chile, los deudores alimentarios están incapacitados para vender inmuebles debido a la Ley de Alimentos. Esta ley establece que los deudores alimentarios no pueden enajenar bienes raíces sin antes haber pagado las deudas alimentarias pendientes.
Además, el Registro Civil y las notarías tienen la obligación de informar a los tribunales de familia sobre cualquier transacción de bienes raíces realizada por un deudor alimentario. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de los hijos menores de edad que dependen económicamente del deudor alimentario.
Al respecto, expertas como Lucía Rizik, directora de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, ha advertido que el primer aspecto a considerar al momento de relacionar los derechos inmobiliarios con los deudores de pensión alimenticia es su posición socioeconómica, ya que en muchos casos este es un antecedente que permite contextualizar su dificultad para saldar las deudas que se les demandan.
Y ejemplifica: 75% de las denuncias se dirigen a individuos que se ubican en los primeros tres quintiles y el 75% de las personas con déficit habitacional está en esas mismas categorías.
Explica que el problema de fondo al que debería apuntar la ley es la incapacidad de los alimentantes en cumplir con sus obligaciones, no solo a las normas impuestas en materias inmobiliarias. Así, cree que los esfuerzos se deberían enfocar en simplificar los trámites relacionados con esta materia.
“Es importante analizar los costos que significa el registro para el Poder Judicial y la alta carga de solicitudes de judicialización de procesos de manutención, cuando tendríamos que ir justamente hacia soluciones autocompositivas”, concluyó.